Condiciones generalesI.- la entregaLa entrega de la mercancía se realizará en el domicilio consignado por el remitente, salvo por ausencia del destinatario o que por su peso, volúmen o naturaleza del inmueble, no permitan a una persona la realización, en cuyo caso y previo aviso, se efectuará a puerta de calle o en la delegación de destino. En caso de ausencia del destinatario se dejará nota de aviso de intento de entrega, así como la forma de acordar la misma. II.- días de entregaLa prestación de los servicios se efectuará en días laborables y de lunes a viernes, salvo el servicio complementario 'sábado'. En el cómputo temporal del servicio contratado se excluirán los días festivos de la localidad de la entrega. Los plazos de entrega de los servicios, se entienden sin perjuicio de los retrasos que pudieran ocasionarse por motivos de fuerza mayor o fortuítos (temporales, nieve, huelgas,trámites aduaneros, etc.) III.- normas de seguridad El cliente, en relación con las normas de seguridad del transporte de envíos por via terrestre y/o marítima declara: IV.- correcto embalajeLigeros Anfesa se reservará en todo momento la facultad de aceptar un envío, tanto por parecerle anómalo el contenido del mismo, por las circunstancias extrañas del encargo o en caso de que el embalaje de las mercancías se encuentre deteriorado o sea insuficiente. V.- plazos de reclamaciónDe conformidad con lo establecido en los artículos 266 y 952.2º del código de comercio, dentro de las veinticuatro horas siguientes al recibo de las mercancías podrá hacerse reclamación contra la compañía por daño o avería de las mismas, salvo que el daño fuera evidente en el momento de la aceptación de éstas, en cuyo caso sólo se admitirá la reclamación en el acto del recibo, mediante anotación en el albarán. Transcurridos los términos expresados, no se admitirá reclamación alguna sobre el estado en que se entregó los géneros porteados. VI.- internacionalTodas las mercancías con destino al extranjero están sujetas a las condiciones y responsabilidades recogidas en la legislación internacional que regula el Tráfico aéreo de Mercancías (Convenio de Varsovia de octubre de 1929, con las modificaciones del protocolo de la Haya de 28 de septiembre de 1995). La responsabilidad máxima para el transporte será siempre de 20$ por kilogramo. |
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